Observaciones al funcionamiento del Congreso
de la República
Resulta materia de preocupación la regulación del procedimiento legislativo, mecanismo sobre el cual descansa todo el proceso formativo de elaboración de las normas legales en el Parlamento.
Este proceso cuenta con varias etapas que
van desde, la iniciativa legislativa, el estudio
en comisiones, la publicación de los dictámenes
en el Portal del Congreso en la Gaceta del
Congreso o en el diario oficial El Peruano;
el debate en el Pleno; la aprobación de la
iniciativa y su promulgación. Cada una de
estas etapas tienen sus características propias,
siendo la más importante, luego de presentada
la propuesta de ley, el estudio en comisiones,
que es el escenario reducido y especializado
donde los congresistas debaten las iniciativas.
Como
resultado surgen los dictámenes, es decir,
los documentos que contienen el relato pormenorizado
de la propuesta, su evaluación legal, el análisis
comparado con otras legislaciones así como
la sumilla de las opiniones expuestas por
las organizaciones ciudadanas y los gremios
empresariales y laborales, entre otros aspectos.
Desinformación
Se
aprecia del curso de los debates la desinformación
exhibido por algunos legisladores frente a
materias que son sometidas a su conocimiento,
fruto seguramente, de un somero análisis de
las normas y no de su exhaustivo estudio conforme
correspondería, realidad que deriva del afán
de presentar numerosas propuestas de ley sin
mayor estudio de su repercusión.
Exhiben
así una tendencia a presentar un número desmedido
de iniciativas legislativas en un intento
por figurar en las estadísticas, las cuales
arrojan un número de mas de 6.000 proyectos
registrados desde el año 2001.
En
su mayoría estas propuestas carecen de fundamento
legal y/o contienen propuestas como la declaratoria
de cierto departamento como capital folklórica
de algún arte, la particularización de normas
genéricas ya dictadas en favor de ciertos
sectores; el establecimiento legal de efemérides
de personalidades y demás propuestas de índole
declarativas pero sin ningún efecto positivo
en el ordenamiento.
Costo-Beneficio
Ahora
bien, las propuestas legislativas deben observar
para su validez ciertos requisitos, tales
como, la exposición de motivos que comprende
los fundamentos que sustentan la creación
de la norma; el efecto que de dicha norma
se desprendería en la legislación nacional,
la referencia al costo-beneficio; y, de ser
el caso, su incidencia ambiental.
No
obstante que el Reglamento del Congreso por
propio mandato tiene fuerza de ley cuya aplicación
le corresponde precisamente, a los legisladores
quienes tienen, la obligación de acatarlo
y actuar conforme a sus disposiciones, se
aprecia un incumplimiento del mismo.
Así se presentan proposiciones de ley que
carecen de los requisitos indicados y cuando
los contienen, responden al cumplimiento de
una mera formalidad sin una argumentación
consistente y sin reflejar un análisis serio.
Ello
nos conduce a comentar el funcionamiento de
la tarea de los legisladores respecto de la
“calidad” de sus proposiciones, es decir,
su contribución al ordenamiento jurídico,
supuesto que no se presenta en la mayoría
de las propuestas presentadas las que en tal
razón son remitidas al archivo.
Esta
situación a criterio del Centro de Estudios
Jurídicos y Legales de la Cámara de Comercio
de Lima ha motivado la existencia de mas de
20 proyectos de ley antitécnicos que afectan
al conjunto empresarial, basados fundamentalmente
en su inviablidad constitucional, en el hecho
que regulan materias ya reguladas o en que
violentan el ordenamiento legal.
Sesiones
del Pleno
Tema
trascendental en el análisis del funcionamiento
parlamentario es el relativo a la regla contenida
en el segundo párrafo del artículo 51 del
Reglamento, conforme al cual, “no pueden coincidir
las sesiones de las Comisiones con las del
Pleno o la Comisión Permanente, salvo que
éstos la autoricen por ser de interés para
el desarrollo y conclusión de los asuntos
pendientes de decisión contemplados en la
agenda”.
Estimamos que esta regla es contraproducente
para una buena producción legislativa con
las graves consecuencias que ello acarrea
para la obtención de leyes eficientes. Ello
por cuanto promueve algunos inconvenientes
que entorpecen la labor legislativa, tales
como, la inasistencia de los parlamentarios
a las Comisiones, su traslado al y desde el
Hemiciclo en donde se realizan las sesiones
del Pleno; la falta de certeza en la determinación
del quórum y la consecuente aprobación de
dictámenes sin el debido análisis y sin la
existencia siquiera de la mayoría de los miembros
de una determinada Comisión.
Ante
esta situación nos preguntamos. ¿Por qué no
exigir que los acuerdos en cada una de las
Comisiones Ordinarias, de Investigación y
Especiales, se adopten con la mayoría absoluta
de sus miembros? Ello traería como beneficio
inmediato que los dictámenes aprobados cuenten,
cuando menos, con una aceptación mayoritaria
en las Comisiones, lo que facilitaría su posterior
discusión y aprobación en el Pleno.
Estas
modestas apreciaciones deben ser materia de
estudio, análisis y debate de parte de los
congresistas, sus asesores, los especialistas
en Derecho Parlamentario y las personas vinculadas
al quehacer legislativo, entre otros, a fin
de lograr una modificación de los mecanismos
que conduzca a una mas ágil y eficiente tarea
en el Congreso nacional.
No
podemos terminar esta nota sin dejar de formular
una invocación a los congresistas a fin que
previo a la aprobación de un proyecto de ley,
reflexionen sobre la validez y viabilidad
de sus propuestas, toda vez que resulta de
suma importancia para el desarrollo del país
la promulgación de normas que se traduzcan
en herramientas de desarrollo para el país
y no, como acontece actualmente, en que existe
una gran cantidad de normas aprobadas por
el Congreso que complican el panorama legal,
no aportan efectos positivos en el desarrollo
de la situación socio-económica, y que, lamentable,
son en casos, materia de Observación por la
Presidencia de la República.