Simplificación del Sistema Concursal Se reducen los procesos
de cuatro a dos: Preventivo y Concursal
Ordinario (Liquidación).
Modificación del Período
de sospecha Se ha ampliado el
período de sospecha de seis meses
a un año y ya no se sanciona
con nulidad los actos tipificados, sino
la ineficacia.
Modificación del pago del tercer
orden de preferencia Se ha reformulado
el pago de los créditos del tercer
orden de preferencia de tal forma que
no se pierda dicho orden cuando se ha
pagado créditos preferentes con
el producto de la transferencia de los
bienes respecto de los cuales recaían
las garantías.
Incumplimiento del Plan de Reestructuración Se ha establecido
con claridad que el incumplimiento en
el pago de dos o más cuotas del
cronograma de pagos contenido en el
plan de reestructuración dará
lugar a la resolución del mismo
y a que la Comisión inicie obligatoriamente
el proceso de disolución y liquidación
de la empresa.
Situación de los garantes en
procesos de Reestructuración En el proyecto se
ha establecido que los efectos del Plan
de Reestructuración no alcanzan
a los terceros garantes o fiadores del
deudor. Esto con la finalidad de evitar
la ejecución de los terceros
garantes cuando ya ha sido aprobado
el Plan de Reestructuración.
Fiscalización de los procesos
concursales Se ha incrementado
la obligación de presentar información
de los administradores y liquidadores,
a efectos de facilitar la fiscalización
por parte de los acreedores.
que tenemos que resolverlo
en la Ley de Sociedades.
El sistema de liquidación tiene que
ser más ágil al igual que el
sistema perentorio. Si entro a liquidación
a los 90 ó 180 días liquido
y tenemos que cumplir con lo que dice la Constitución:
la primera prelación es el pago a los
trabajadores, cosa que hoy prácticamente
no se están cumpliendo.
El otro punto importante es ver alternativas,
no ser tan rígido, te liquido o te
reestructuro, pueden haber situaciones mixtas
en el sentido que se puede recuperar parte
de la empresa, se puede vender parte de la
empresa funcionando sin tener que liquidarla.
Es el caso de las pesqueras que tienen actividades
de cierto tipo, tienen fábricas, bolicheras,
frigorífico, a lo mejor en un proceso
de liquidación vendo las tres bolicheras
y sigo
operando con la fábrica,
eso hoy la ley no lo permite. Por otro lado,
tiene que haber alguien que vigile estos procesos
no con el ánimo de ser extremadamente
fiscalizadores sino para que la ey se cumpla
y para eso Indecopi debe tener un rol importante
en vigilar los procesos post concursales ya
sean de reestructuración como de liquidación.
Asimismo, aquellas deudas que tienen garantía
específica no deben ser contaminadas
dentro de un proceso de reestructuración,
porque por algo el que otorgó dinero
pidió una garantía a cambio
y si la deuda entra a la masa concursal ya
no se puede ejecutar la garantía.
En suma, tenemos una propuesta para simplificar
a los dos procesos: el preventivo, el que
llega a tiempo para reestructurarse, y el
de insolvencia, la empresa que llega para
su liquidación. Esa es la primera etapa,
después agregaremos los aspectos económicos.
Otro
de los problemas que se ven a menudo es que
los bancos al ver la demora en los procesos
optan por la liquidación, aun siendo
viable la empresa.
No sólo es eso, hay casos en donde
la persona que llevó a la empresa a
la quiebra administra los proesos de reestructuración,
es insólito. Siguen cobrando los sueldos
y viviendo como si la empresa estuviera en
orden. Habría que ver que cuando se
entra a un proceso de este tipo, terceras
personas deben intervenir.
¿El
Poder Judicial sigue entorpeciendo los procesos?
No, prácticamente dejó de intervenir,
pero muchos de los usuarios del sistema continúan
complicado los procesos usando al Poder Judicial
por problemas societarios. Se meten en unas
trenzas espantosas que perjudican la toma
de decisiones en procesos de reestructuración,
principalmente.
¿Para
cuándo se tendrá listo el proyecto?
La idea es tenerlo listo a vísperas
de la próxima legislatura, vamos a
trabajar en todo este receso del Congreso
para tener una Ley muy consolidada. Hay que
ver temas laborales, de Ley de Sociedades,
de la Ley de Reestructuración, es un
consenso con todas las fuerzas y también
con los legisladores.
El
ministro de Economía ha planteado juntar
todos los procesos de reestructuración
Un proceso de liquidación de activos,
de alguna forma, a través de la Bolsa,
de subastas, de distintas formas, se le puede
dar ese viso económico que requiere
el sistema. Este no es un proceso de papeles,
es un proceso de dinero de activos, de garantías.
El mercado de valores es un sistema importante
para muchas empresas o activos de las empresas
que pueden ser recuperadas y ya se están
dando casos paralelos a la Bolsa. Eso debería
encontrar algún canal, no sólo
para los grandes activos sino también
para los pequeños valores (letras,
pagarés, etc.)