Antonio Marinetto
Calvo-Flores considera que en el Perú
no se han dado aún las condiciones
de demanda y consenso político
y social, necesarias para impulsar una
reforma de la actividad portuaria. Por
tal motivo, plantea la necesidad de
encontrar el mejor modelo de texto legal
al que debería apuntarse y los
elementos que deberían regularse
en una ley general de la actividad portuaria.
Institucionalidad
y normatividad
De esa definición se desprende que
entre los conceptos fundamentales a satisfacer
se encuentran los siguientes:
Debe tratarse de una ley marco, sencilla,
corta, clara y concreta en sus aspectos conceptuales,
pero amplia en sus posibilidades de adaptación
a los cambios de la sociedad en la que ejerce
su regulación y al escenario del comercio
internacional, el cual no depende de la coyuntura
reguladora del país, sino de la convivencia
con las regiones o grupo de naciones con los
que se relacione comercialmente para satisfacer
su demanda de desarrollo.
Asimismo, debe tener claros los términos
en los que se han de regular las demandas
actuales de desarrollo, sin comprometer futuros
avances. La Ley igualmente debe definir los
roles de cada uno de los intervinientes, sean
proveedores o consumidores, de forma que se
derive de ello un marco claro de derechos,
pero también de responsabilidades para
todos, que permita la correcta regulación
y el más eficaz control.
Asimismo, debe interrelacionarse con otras
normas reguladoras para trazar líneas
concretas de política encaminadas a
lograr mejores niveles de desarrollo, por
medio de instrumentos de aplicación
de las líneas de política, que
permitan la facilitación del comercio,
el transporte, la generación, mantenimiento,
modernización y uso de las
infraestructuras, la correcta
y completa oferta de servicios y la coordinación
de los esfuerzos de los distintos sectores
nacionales. Finalmente, debe articularse dentro
de un modelo concreto de Estado que, definido
con carácter general en su conformación
y contenidos, no frustre la consecución
de los objetivos de la ley que se gesta y
el camino para su obtención, por vía
de la simple y llana mposibilidad de su aplicación
en un bosque administrativo, de cruces y conflictos
de competencias, inestabilidad o monolitismo
institucional.
Aspectos
Complementarios
Antonio Marinetto sugiere que antes de seguir
adelante en la redacción de una ley
de trascendencia como es una Ley de Puertos,
debe quedar claro el modelo de administración
en el que se desarrollará la actividad
y la institucionalidad de la misma, que ha
de ser clara, sencilla, sin competencias cruzadas
o en conflicto.
Por otro lado, debe tenerse en cuenta los
límites en los que puede y debe actuar
el Estado y aquellos en los que se permitirá
el libre juego del mercado, para promover
el desarrollo, respetando el esfuerzo inversor
y empresarial, sin menoscabo de los derechos
de los trabajadores y los consumidores y del
respeto del patrimonio y los recursos naturales
y artificiales puestos a disposición,
o afectados por la actividad portuaria y sus
efectos colaterales.