Los
lineamientos básicos del proyecto
de Ley de Puertos que viene manejando
el Ejecutivo fueron expuestos por la
asesora del Ministerio de Transportes,
Comunicaciones, Vivienda y Construcción
(MTC), Gianna Machiavello.
Actualmente, existe una comisión
encargada de perfeccionar este proyecto
presidida por el
vice-ministro de Transportes, Gustavo
Guerra-García, y que integra
la Cámara Nacional de Comercio,
Producción y Servicios. Como
se sabe, el proyecto de Ley de Puertos
debe ser aprobado antes
del 30 de abril.
Machiavello explica que el
proyecto de Ley de Puertos busca establecer
los lineamientos a que se sujetarán
las actividades y servicios portuarios, tanto
públicos como privados, para facilitar
el desarrollo del comercio a través
de la presentación de servicios eficientes.
Para este efecto, se debe establecer el marco
institucional y normativo que promueva la
inversión e infraestructura portuaria
e impulse el desarrollo de las actividades
y servicios que brinda.
A renglón seguido, la asesora del MTC
precisa que las líneas matrices del
proyecto de Ley de Puertos son el planeamiento
portuario; el otorgamiento de autorizaciones,
licencias, habilitaciones portuarias y concesiones;
y definir la autoridad portuaria.
PLANEAMIENTO
En el proyecto se establece que el plan nacional
de desarrollo portuario será el instrumento
técnico normativo en concordancia con
el cual se realizará el desarrollo
de la actividad de mediano y largo plazo.
Asimismo, le corresponde al Estado regular
las condiciones para construcción,
ampliación y mejora de la infraestructura
y autorizar a personas naturales o jurídicas
la prestación de los servicios portuarios.
Otra de las novedades del proyecto es la creación
y regulación de la figura de la habilitación
portuaria con el fin de establecer el marco
para la calificación del régimen
de infraestructura portuaria, ya sea pública
o privada. En ese sentido, se determina las
condiciones básicas para la promoción
de la inversión privada en infraestructura
portuaria, abarcando los aspectos mínimos
que deberán contemplar los contratos
de concesión.
En el proyecto de Ley se plantea la creación
de la autoridad portuaria, la misma que estará
constituida por la actual Dirección
Ge
neral de Transporte Acuático
del Ministerio de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción. Las funciones
que desempeñará la autoridad
portuaria se han compatibilizado con la que
realiza el Organismo Supervisor de la Inversión
Privada en Transporte de Uso Público
(Ositran).
Por otra parte, Machiavello revela que el
proyecto de Ley, entre otras disposiciones
finales, plantea la asignación a los
municipios provinciales, en cuya jurisdicción
se encuentran los puertos, del 10% de la retribución
que paga el Estado a los respectivos concesionarios.
El destino de tales fondos será orientado
exclusivamente a la ejecución de proyectos
que tengan un impacto positivo directo en
el desarrollo y mejora del puerto y/o zona
de influencia y/o servicios portuarios, para
lo cual deberán contar la aprobación
previa de la Autoridad Portuaria.
BENEFICIOS
Finalmente, la asesora del MTC estima que,
en un escenario de puertos concesionados,
se reduciría en términos generales
en un 15% la estructura de tarifas portuarias,
calculándose un ahorro para los usuarios
de US$ 10.8 millones. De continuar la administración
estatal sería posible reducir el nivel
tarifario hasta un máximo de 10% y
el ahorro llegaría a US$ 7.1 millones
anuales.
La gestión privada trae beneficios
relacionados a la agilidad, competitividad
y eficiencia en las operaciones. La gestión
privada es generadora de valor, al tener una
mayor libertad para actuar y tomar decisiones
en función a los rápidos cambios
del entorno. Este tipo de administración
reconoce al usuario de los servicios portuarios
como cliente y se concentra en retenerlo y
desarrollar objetivos en conjunto, concluye.