A
fin de ayudar a los operadores del comercio
internacional a entender los Incoterms©,
la Cámara de Comercio Internacional (CCI)
creó un website especial para los términos
comerciales internacionales, tales como FOB
(Libre a bordo), EXW (En fábrica), CIF
(Costo, seguro y flete), DDU (Entrega derechos
no pagados) y CPT (Transporte pagado hasta).
Los Incoterms© son los términos
comerciales internacionales que definen y reparten
claramente las obligaciones, los gastos y los
riesgos del transporte internacional y del seguro,
tanto entre el importador y el exportador. Estos
términos son reconocidos como estándares
internacionales por las autoridades aduaneras
y las cortes en todos los países.
En el nuevo web www.incoterms.org se informa
cómo funciona cada uno de los trece Incoterms©
2000 y se incluyen las respuestas a las preguntas
más frecuentes. En el nuevo web, la CCI
reproduce los preámbulos de cada término
en un formato sólo de lectura. Los preámbulos
son descripciones concisas que explican el propósito
de cada Incoterms© y no explican ni detallan
las obligaciones del exportador y del importador,
que son esenciales para el correcto uso de los
términos.
Por ejemplo, el preámbulo para FAS (Franco
al costado del buque) establece que bajo el
término FAS el vendedor realiza la entrega
cuando la mercancía es colocada al costado
del buque en el puerto de embarque convenido.
El comprador ha de soportar todos los costos
y riesgos de pérdida o daño de
la mercancía desde aquel momento. Este
término puede utilizarse únicamente
para el transporte por mar o por vías
de navegación interior.
El
preámbulo para FCA (Franco transportista)
establece que bajo el término FCA el
vendedor entrega la mercancía, despachada
para la exportación, al transportista
nombrado por el comprador en el lugar convenido.
Debe observarse que el lugar de entrega elegido
influye en las obligaciones de carga y descarga
de la mercancía en ese lugar. Si la entrega
tiene lugar en los locales del vendedor, éste
es responsable de la carga. Si la entrega ocurre
en cualquier otro lugar, el vendedor no es responsable
de la descarga. Este término puede utilizarse
con cualquier modo de transporte, incluyendo
multimodal.
Si bien el web permite acceder a los preámbulos
de los trece incoterms, las obligaciones del
exportador y del importador se obtienen al consultar
los textos oficiales de la CCI sobre esos términos.
La CCI sugiere cuidarse de las muchas versiones
no autorizadas que aparecen tanto en el web
como en publicaciones no oficiales.
USO CORRECTO
La CCI recomienda que cada vez que los términos
sean utilizados en el contrato de compraventa
internacional, éstos se refieran específicamente
a "Incoterms© 2000", seguido
de un puerto. Por ejemplo, el término
DDP (Entregada derechos pagados), siempre debe
estar acompañado por la referencia de
un lugar exacto. Algunos ejemplos:
FOB Liverpool Incoterms 2000
DDU Frankfurt Schmidt GmbH Warehouse 4 Incoterms
2000
CPT Smith Carriers Inc. Main Warehouse New York
Incoterms 2000
Resaltamos
la importancia de incluir la frase "Incoterms©
2000", pues al hacerlo, todas las partes
involucradas sabrán que las obligaciones
del exportador y del importador son las establecidas
en el texto oficial de la CCI. Siempre que los
incoterms sean debidamente utilizados, el riesgo
de los costos por malentendidos y disputas en
materia legal se reducen enormemente.
Igualmente, dos
equivocaciones frecuentes con relación
a los Incoterms©. A menudo se interpreta
que los Incoterms se aplican al contrato de
transporte y no al de compraventa. Y erróneamente
se da por hecho que los Incoterms© regulan
todas las obligaciones que las partes deseen
incluir en el contrato de compraventa.
PREGUNTAS
Una sección del nuevo web incluye las
preguntas que comúnmente se hacen los
operadores del comercio internacional, como
por qué se crearon los incoterms, qué
es lo que cubren, cómo y cuándo
se utilizan, cuáles son los trece Incoterms©
2000, cuáles son las principales modificaciones
con los términos de 1990. Las respuestas
a estas interrogantes las encontrará
en www.incoterms.org
Como creadora, encargada y vigilante de los
incoterms, la CCI tiene la responsabilidad de
consultar regularmente a todas las partes interesadas
en el comercio internacional a fin de mantener
los términos actualizados y eficientes.
Desde que la ICC presentó la primera
versión de los Incoterms© en 1936,
los expertos de la CCI los han actualizado seis
veces. "Incoterms" es una marca registrada
de la ICC y el texto oficial de la ICC, ya sea
total o parcial, está protegido por los
derechos de autor de la ICC.
La Comisión de las Naciones Unidas para
el Derecho Mercantil Internacional (UNCITRAL)
ha recomendado el uso mundial de los Incoterms
2000, porque considera que este conjunto de
definiciones comerciales, elaboradas por el
empresariado privado en oposición a los
reguladores comerciales, armonizan las leyes
que gobiernan el comercio internacional y los
califica "como una valiosa contribución
a la facilitación del comercio internacional".
Otra agencia de las Naciones Unidas, la Comisión
Económica para Europa, ha renovado su
propia recomendación Número 5,
que refiere a que los incoterms deben ser indicados
por su correcta abreviación de tres letras,
como por ejemplo EXW, FOB, FCA, y CIF.
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Por Angela Gaínza*
Secretaria General de la Cámara de
Comercio Internacional - Perú.