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SEGUROS

Setiembre, 2000 - Edición 2291

Revista 2291

Por Roberto Salmón Rodríguez (*)

 

En los últimos años los seguros de vida alcanzaron gran importancia debido a la recuperación de los ingresos de las personas, lo que permitió un mayor ahorro. Sin embargo, poco se dice aun del Seguro de Vida Ley, de vital importancia para la clase laboral de nuestro país.

El seguro de vida ley

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El Seguro de Vida Ley fue creado a inicios de la década pasada, a través del D.L. 688. Es así, que a casi diez años de su institución, la norma viene cumpliendo un importante rol social a beneficio de los trabajadores.

Ofrece una variedad de coberturas que van desde indemnizaciones, en casos de invalidez absoluta y permanente, hasta pagos de 16 remuneraciones por fallecimiento debido a causa natural o, el doble de esta cifra, en caso de muerte a consecuencia de accidentes.

Una de las principales ventajas del Seguro de Vida Ley, que protege a cualquier persona que haya cumplido cuatro años de servicios con un mismo empleador, es que establece claramente quienes serán los beneficiarios del titular, sin recurrir a las reglas sobre sucesión del Código Civil.

Asimismo, el mencionado Decreto Ley, considera como remuneración asegurable para el trabajador, la que consta en el libro de planillas y boletas de pago. En el caso de aquellos que laboran bajo el régimen de destajo o comisiones, la remuneración asegurable se determinará en función del promedio que hayan percibido en los últimos tres meses.

Sobre la base de este dispositivo legal, diversas compañías aseguradoras vienen librando una dura competencia en este terreno. Este hecho permitió superar ampliamente los beneficios establecidos por la ley, la cual la hace más atractiva para el segmento laboral del país.

El sector empresarial tiene pues la oportunidad de elegir la mejor opción de prestación para sus trabajadores.

(*) Asesor de seguros.

COMPARACIÓN DE LOS SEGUROS DE VIDA LEY

(remuneraciones mensuales en soles)

Coberturas básicas RÍMAC PACÍFICO WIESE AETNA LA POSITIVA
Muerte natural 16 16 16 16
Muerte accidental 32 32 32 32
Invalidez total 32 32 32 32

Coberturas adicionales sin costo: Remuneraciones hasta un máximo de soles

Sepelio 2 hasta 3,000 2 hasta 4,000 2 hasta 5,000 2 hasta 3,000
Desamparo familiar 5 hasta 5,000 5 hast. 15,000 5 hasta 20,000 5 hasta 10,000
Infarto del miocardio 2 hasta 5,000 2 hasta 5,000 5 hasta 5,000 1 hasta 5,000
Insuficiencia renal No Sin datos No 1 hasta 5,000
Transplante órganos No 5 hast. 10,000 5 hasta 10,000 5 hasta 10,000
Cáncer 2 hasta 5,000 2 hasta 5,000 5 hasta 7,500 1 hasta 5,000
Ceguera No No No 2 hasta 7,000
Quemadura 2 hasta 5,000 1 hasta 5,000 No 2 hasta 7,000
Beneficios o servicios adicionales
Farmacia: descuento Si Sin datos Si Si
Seguro dental Si Sin datos No No
Dental:dcto No Sin datos Si Si
Análisis clín.: dcto. Si Sin datos Si Si
Hospitalización Si Sin datos Si Si
Servicios funerarios Sin datos Sin datos Si Si

(*) Exigidas por ley.

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