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Cámara de Comercio de Lima

 

Mejorando el sistema tributario

rev3.jpg (24706 bytes) Recientemente, el presidente de la República afirmó, según dieron cuenta los diversos medios de comunicación social, que la SUNAT no debe cometer excesos.

Consecuente con su permanente defensa de los contribuyentes, la Cámara de Comercio de Lima, suscribe plenamente la preocupación del jefe de Estado, en el sentido que los cobros por deudas de tributos atrasados por ser excesivos y onerosos, deterioran más la situación de muchas empresas que tienen obligaciones sin pagar con el fisco, por efecto de la recesión.

Anteriormente, La Cámara ya había planteado la necesidad de aplicar parámetros adecuados para la actualización de las deudas tributarias antiguas que en muchos casos experimentaron incrementos astronómicos.

Las deudas tributarias no prescritas deben ser actualizadas utilizando los diversos factores, tales como moras, recargos, intereses, indexación, etc., que estuvieron vigentes en su oportunidad. De igual modo, deben eliminarse los recargos por ajustes e indexación estableciéndose un rango de acuerdo a la inflación reciente.

Asimismo, debe corregirse la tasa de interés moratoria calculada ahora en un 2.2 % mensual que con una proyección resulta en un 26.4 % anual, tasa realmente elevada con el promedio de inflación, que por ejemplo el año pasado, fue de 3.7 %.

Consecuentemente, deben modificarse los plazos de prescripción de la deuda que actualmente va de 4 a 10 años, en casos de tributos retenidos, cuya actualización con acotaciones de "última hora" convierten la deuda en impagable.

La cobranza coactiva no permite al contribuyente tener la oportunidad de solicitar facilidades para el pago, procediéndose en muchos casos al embargo inmediato, paralizando las operaciones de la empresa. .

Además, muchas veces, junto con la solicitud de pago, llega también el aviso de cobranza coactiva, no dando tiempo al contribuyente a realizar trámite alguno para pedir una reestructuración o aplazamiento. No olvidemos que los costes en las cobranzas coactivas ascienden a S/. 147.00 por tributo, cifra que eleva también la presión tributaria de las empresas

Todo ello ocasiona trabas a los contribuyentes que desean pagar y actualizar sus deudas atrasadas, pues el sistema de cálculo es, además de engorroso, sumamente oneroso. Debería establecerse un factor de actualización único, que facilitaría el cálculo en pro de una mejor recuperación de la "cartera pesada", que actualmente tiene la administración tributaria.

También el cobro de elevadas multas por errores en la emisión de las guías de remisión, tema del que nos ocuparemos próximamente, es otro de los problemas que agudiza la difícil situación de las empresas.