COMERCIO EXTERIOR

Cámara de Comercio de Lima

 

Reglas de valoración aduanera de la OMC

Por Lucy Baca Quiroz (*)

A partir del próximo mes, se implementará en el Perú la totalidad de las Reglas de Valoración Aduanera de la Organización Mundial del Comercio (OMC) para efectos de procedimientos aduaneros en la importación de bienes al país.

El Acuerdo sobre Valoración Aduanera de la OMC es un tratado internacional firmado a fines de la década de los 70, principalmente por los países con economías desarrolladas, en el marco del Acuerdo General sobre Aranceles de Aduanas y Comercio (GATT). Posteriormente fue modificado en 1994 dentro de las negociaciones de la Ronda Uruguay debido a que no respondía a las necesidades de los países en desarrollo.

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El Perú suscribió este Acuerdo en 1994 y ejerció un período de reserva de cinco años para implementarlo, que se cumplió en abril de 1999, más un año adicional que es el que vence en abril próximo.

OBJETIVOS

Con respecto a los principales objetivos del Acuerdo, están: lograr imparcialidad y equidad; lograr una mayor facilitación del comercio (usando un lenguaje uniforme); mayor liberalización del comercio; y disminución de la discrecionalidad que puedan tener los agentes de aduanas.

Si las Aduanas de los países no se encuentran debidamente preparadas se puede correr el riesgo de subvaluación en las importaciones, una disminución o pérdidas en los ingresos aduaneros, el surgimiento de competencia desleal y la posibilidad de un incremento en las tasas de tributación interna como medida para compensar las pérdidas.

En general, hay requerimientos para implementar el Acuerdo en los ámbitos: organizacional, aspecto legal, capacitación, y principalmente la elaboración de una adecuada base de datos (con información confiable y actualizada), así como contar con un plan de fiscalización posterior para evaluar los resultados de la aplicación.

En este sentido, entre los principales retos que deben enfrentar los países en desarrollo se encuentran en los campos de la política fiscal (con un adecuado manejo de las recaudaciones), la política económica (facilitando el libre comercio y movimiento de bienes) y el apoyo logístico (contando con suficiente capacitación, información y capacidad de fiscalización).

En resumen, la aplicación de este Código de Valorización Aduanera de la OMC permitirá uniformizar los elementos para valorar los productos que ingresen por aduanas, con la finalidad de permitir mayor fluidez y transparencia en el comercio mundial.

LA CÁMARA

Por este motivo, la Cámara de Comercio de Lima, consciente del nuevo rol que tendrán los diversos agentes económicos, está organizando una serie de seminarios relacionados con el tema. El pasado 18 de febrero en nuestra sede institucional, se realizó el "Conversatorio sobre el Acuerdo de Valorización de la OMC y sus Perspectivas en Países en Desarrollo", donde participó el Dr. José Armijo, director técnico de la Dirección Nacional de Aduanas de Nicaragua y secretario general del Ministerio de Finanzas de Nicaragua.

El objetivo del conversatorio fue analizar los principales objetivos de las reglas de valoración, los requerimientos necesarios para la implementación, y las potenciales consecuencias para el país si la Superintendencia Nacional de Aduanas (ADUANAS) no está bien preparada para asumir los principales retos de los países en desarrollo.

Asimismo, con la finalidad de informar técnicamente el tema de la valoración aduanera de la OMC, el 9 de marzo se realizó un seminario especializado con la colaboración de ADUANAS.

(*) Responsable del Área de Negociaciones Internacionales, Gerencia de Comercio Exterior de La Cámara.